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Ius Sanguinis

IUS SANGUINIS = Sangre / Derecho

Derecho a heredar la ciudadanía a través de la descendencia, sin que importe el país en el que se haya nacido.

 

¿QUÉ CAMBIÓ CON LA LEY 74/25?

 

ANTES de la Ley 74/25

La ciudadanía se reconocía de forma automática.

Sin límite generacional: podía transmitirse a hijos, nietos, bisnietos y más.

Solo hacía falta probar el vínculo con el antepasado italiano.

 

DESPUÉS de la Ley 74/25

Hijos y nietos

Pueden solicitar la ciudadanía por la vía administrativa (consulado o comuna).

Bisnietos

Si su progenitor puede tramitar la ciudadanía (es decir, está vivo y desea hacerlo): el bisnieto puede mudarse a Italia, residir 2 años y pedir el reconocimiento.

Si su progenitor no puede tramitarla: el bisnieto debe residir en Italia durante 10 años y solicitarla por naturalización.

Bisnietos (cuando el progenitor no puede) y generaciones posteriores

Únicamente por la vía judicial (juicio de inconstitucionalidad). De derecho ilimitado a privilegio restringido: el Ius Sanguinis ahora solo alcanza a quienes están más cerca en la descendencia.

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