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Pago De Tasa Al Ministerio Del Interior - Parte 2

CIUDADANÍA ITALIANA – ATENCIÓN

MISMO TEMA, DISTINTA INFORMACIÓN SEGÚN EL CONSULADO

PARTE II – CONSULADO ITALIANO DE CABA

En este posteo muestro lo que indica la web oficial del Consulado Italiano de CABA sobre el pago de la tasa de 250 € para hijos menores, en el marco de la Ley n.º 74/2025 

PRIMER CASO
Hijos menores nacidos luego de la entrada en vigor de la Ley 74/2025 (mayo 2025)
Inciso 1-bis del art. 4 de la Ley 91/1992
NO se debe realizar ningún pago

SEGUNDO CASO
Hijos menores nacidos antes de la entrada en vigor de la Ley 74/2025
Inciso 1-ter del art. 1 de la Ley 74/2025
TAMPOCO se debe realizar ningún pago

Conclusión según CABA:
No corresponde el pago de la tasa de 250 € en ninguno de los dos casos.

La información mostrada fue tomada de la página web oficial del Consulado Italiano de CABA.

IMPORTANTE
En los próximos días, toda esta información será actualizada y explicada en detalle por la Dra. Lucrecia Cucchiaro, y replicaré su explicación para aportar mayor claridad y respaldo profesional.

Deslizá, leé, guardá y compará.
En la Parte I vimos lo que informa otro consulado.
Próximamente, nuevas partes.